Conserva tu inmueble de por vida con una hipoteca inversa


La hipoteca inversa es un producto financiero expedido por entidades bancarias. Se destina a personas mayores de 65 años o en una situación de dependencia severa. Dichas personas son propietarias de un inmueble, una vivienda habitualmente de residencia, por la que el banco (a diferencia de conforme sucede con las hipotecas convencionales) le entregará una suma económica que podrá ser mayor o menor en función de dos factores: la edad del propietario del inmueble y el valor de la propiedad como tal.

Este importe puede recibirse en su totalidad al inicio de la contratación de la hipoteca inversa o, lo que viene siendo más habitual y versátil, distribuirlo en plazos (convencionalmente mensuales). También puede combinarse ambas opciones: recibir un porcentaje del dinero al principio y el resto, repartido en las cuotas acordadas.

¿Dónde está la particularidad de este tipo de hipotecas?

El dinero que la entidad ha ido entregando al anciano no se devuelve hasta el fallecimiento de éste, de modo que durante toda su vida, el inmueble será del anciano sin posibilidad de que el banco (ante algún impago o deuda) se quede con la propiedad, ya que la cantidad adeudada solamente será exigida a la muerte del anciano.

¿Qué sucede si fallece el titular de la vivienda?

Una vez el propietario del inmueble fallece, la vivienda pasa a ser propiedad directamente de los herederos del titular. No obstante, para poder conservar este piso y habitarlo (o incluso alquilarlo o venderlo en caso dado) es vital que se liquide la deuda, es decir, que se devuelva al banco con el que se contrajo la hipoteca inversa el montante previamente cedido por éste. En caso contrario, la entidad bancaria se quedaría con la propiedad.

hipoteca inversa para el hogar

Requisitos para solicitar una hipoteca inversa

Ser propietario de alguna vivienda
Tener más de 65 años
Si no se tiene más de 65 años, puede solicitarse la hipoteca inversa en caso de tener una discapacidad oficialmente acreditada igual o superior al 33%
También pueden solicitarla aquellas personas que sean grandes dependientes.

hipoteca para el hogar

Algunos aspectos a tener en cuenta:

¿La hipoteca inversa es incompatible con alquilar el inmueble?

La hipoteca inversa no es incompatible con que la vivienda pueda alquilarse. Al contrario, incluso se ofrece como una manera muy viable de poderse garantizar un dinero extra y complementario al del montante económico expedido por la propia entidad bancaria.

Tampoco es incompatible, además, con un seguro de renta vitalicia. Sin embargo, la ventaja que tiene la hipoteca inversa sobre la renta vitalicia es que la renta vitalicia proporciona la suma de dinero a cambio de que la propiedad, una vez fallezca el titular, pase a ser de la entidad que ha estado expidiendo el dinero; por tanto, no pasaría a ser propiedad automáticamente de sus herederos.

cómo conservar tu inmueble con la hipoteca inversa

Tipos de hipotecas inversas:

– Hipoteca inversa a interés fijo

Esta hipoteca se combina con un seguro de renta vitalicia. La suma que se recibe de la renta vitalicia se distribuye en varias cuotas (normalmente mensuales).

Pongamos por caso que el propietario del inmueble (el cliente de la hipoteca inversa) ya ha recibido toda la suma equivalente al valor de su propiedad. En este caso, conservaría su inmueble, pero dejaría de percibir el dinero mensual, puesto que ya se ha completado el valor del inmueble.

Con una hipoteca inversa a interés fijo, la aseguradora pagaría una renta vitalicia hasta que el propietario falleciese, de modo que el hecho de haber consumido ya el valor tasado de la propiedad no sería condicionante para que el cliente deje de percibir un dinero en lo que le queda de vida.

– Hipoteca inversa temporal

En este caso, se percibe el dinero en las cuotas acordadas, pero en caso de que el cliente sobreviva al momento para el que el valor de la vivienda ya se hubiese cubierto, se dejaría de percibir la renta.

– Hipoteca inversa de disposición única

En este caso se percibe una sola cantidad, que es la correspondiente al valor del inmueble una vez éste ha sido tasado debidamente.

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